El SENASA modifica las excepciones para el traslado de bovinos en la segunda campaña de vacunación
Los cambios alcanzan exclusivamente a terneros y terneras, que deberán estar vacunados para ser trasladados o participar en remates y concentraciones ganaderas.
La normativa actualiza las excepciones contempladas en la Resolución 1259/2023, que permitÃan trasladar animales sin vacunar durante los primeros 15 dÃas de cada campaña de vacunación contra la fiebre aftosa y la brucelosis bovina. A partir de esta modificación, dichas excepciones quedarán vigentes únicamente durante la primera campaña anual, que comprende la vacunación de todas las categorÃas bovinas y bubalinas.
La decisión responde a la nueva estrategia sanitaria establecida por la Resolución 711/2025, que redefinió el esquema de vacunación de la segunda campaña anual. Desde entonces, el operativo sanitario está destinado exclusivamente a terneros y terneras, con un perÃodo de ejecución de 30 dÃas. En consecuencia, desde el inicio de las campañas de menores de 2026, previsto inicialmente para el próximo 8 de junio en la zona centro del paÃs, dejará de aplicarse la excepción que autorizaba el traslado de animales sin vacunar durante los primeros quince dÃas de campaña.
Alcance de la medida
El SENASA aclaró que la adecuación normativa alcanza únicamente a los terneros y terneras involucrados en el segundo ciclo de vacunación. Por lo tanto, el resto de las categorÃas -novillitos, toritos, vaquillonas, novillos, vacas y toros- mantendrán las condiciones de movimiento vigentes hasta el momento.
El SENASA aclaró que la adecuación normativa alcanza únicamente a los terneros y terneras involucrados en el segundo ciclo de vacunación
Asimismo, la disposición establece que solo podrán ingresar a concentraciones ganaderas, exposiciones o remates feria aquellos terneros y terneras provenientes de establecimientos que hayan cumplido con la vacunación obligatoria.
Objetivo sanitario
Desde el organismo sanitario señalaron que la medida busca optimizar la logÃstica de vacunación, facilitar el cumplimiento de los plazos operativos y garantizar el desarrollo ordenado del calendario sanitario acordado en diciembre de 2025. Con esta actualización, el SENASA procura fortalecer la cobertura vacunal de las categorÃas más jóvenes y asegurar el cumplimiento de las estrategias sanitarias destinadas a preservar el estatus sanitario de Argentina frente a la fiebre aftosa.