Una mochila pesadaArgentina cuenta con una de las mayores presiones fiscales, que afecta
especialmente a los productores agropecuarios, con impuestos nacionales, provinciales y municipales.
AUTOR. Contador Santiago Saenz Valiente y Dr. Hugo Rossi
La presión fiscal general en la Argentina y al campo en particular es un hecho innegable y que salta a la vista. La mochila que hoy carga el productor es la más pesada de todo Latinoamérica y, en general, del mundo entero salvo contadas excepciones europeas cuyos servicios a la población son algo diferentes a los nuestros.
En este marco, es indispensable que exijamos el respeto por los principios tributarios esencialmente constitucionales a la hora de esperar aportes sanos a las arcas fiscales.
El productor del campo se ha convertido en los últimos años en un verdadero empresario que aplica criterios agronómicos y de gestión comparables con otras latitudes del primer mundo. Su esfuerzo es encomiable, pero su renta es finalmente capturada por la Nación, las Provincias y los Municipios para su ingreso en las arcas fiscales. Por ello es necesario capacitarse en temas impositivos a los fines de planificar y tomar decisiones acertadas a la hora de iniciar o proyectar cualquier acción económica.
Veamos algunas de las principales distorsiones en nuestro sistema tributario:
Los impuestos a la producción
Mal llamadas “retenciones”- mellan la renta del productor, pero además como su recaudación le pertenece al Estado Nacional, las provincias que son las que generaron la riqueza, se perjudican. Su efecto pernicioso se incrementa, pues los principales impuestos coparticipables como IVA y Ganancias reducen sus bases.
Impuesto a las Ganancias
Lo debe preparar y liquidar el propio contribuyente, acumula francas distorsiones al exigir impuestos sobre rentas ficticias e ilusorias, pues se ignora impositivamente la existencia de inflación desde hace más de 20 años.
Hay casos frecuentes, donde la venta de tierras rurales arrojando pérdida en dólares, implicó pagos de impuestos siderales en pesos por impedirse actualizar su costo.
La valorización de los stocks de hacienda y granos a su cotización de cierre de cada ejercicio obliga al productor a registrar lo que se denomina “ganancia por tenencia” y pagar impuestos por ese resultado en expectativa que no proviene de transacción económica alguna.
Mantener los saldos a favor del contribuyente, que surgen como consecuencia de retenciones a cuenta sufridas, y anticipos sin permitir una corrección por inflación, implican un daño implícito ante la pérdida de su valor real. Igual situación se presenta para las pérdidas de períodos anteriores, cuya compensación a ganancias futuras se realiza a su valor nominal. Debemos recordar que la actividad agropecuaria es esencialmente cíclica, alejada de resultados extraordinarios como se la pretende mostrar.
El impuesto al valor agregado
Es concebido en la propia ley como neutro a los agentes económicos, hace estragos al productor agropecuario. Entre los motivos están la disparidad de alícuotas para las ventas al 10,5% respecto de gran cantidad de insumos y servicios que permanecen a la tasa general del 21%. Este descalce en los hechos provoca saldos favorables al contribuyente cuya única posibilidad de aplicarlos es a futuras deudas de este impuesto.
A esto se agrega la vigencia del Registro Fiscal de Operadores de Granos, exigencia inconstitucional y perniciosa desde toda óptica. Las retenciones de IVA aplicada aún para quienes están habilitados no se devuelven en el plazo de 60 días fiado por la AFIP.
Las provincias al recibir menos coparticipación de los tributos nacionales y cada vez más servicios que prestar, se defienden atacando al contribuyente, en el caso que nos toca: “el productor”.
Impuesto sobre los Ingresos Brutos
Es claramente distorsivo pues no contempla el resultado de la operatoria económica, que había exigido a la actividad agropecuaria en la década del ‘90, revivió en el año 2003 y a partir de 2012 se fueron incrementando las tasas hasta llegar a duplicarlas. Los granos pasaron del 1% al 2% cuando fueron producidos en campos arrendados.
Cuando la actividad agropecuaria se desarrolla en más de una jurisdicción, ya sea la producción, comercialización o administración, nace la obligación de registrase ante el conocido y complejo Convenio Multilateral, que suma incertidumbres al ámbito tributario.
El inmobiliario rural
Se incrementó exponencialmente en la mayoría de las jurisdicciones, repercutiendo incluso en los impuestos nacionales. Además ARBA dispuso el invento del Multipropietario que dispara el monto del tributo a quienes tienen más de una parcela en la provincia.
A esto se agregan más gastos para el productor por la burocracia que consume tiempo y recursos de una empresa, en criollo, son costos fiscales encubiertos. Hay que cambiar esta realidad de inmediato. Por otra parte, claro está, la necesidad de planificar la acción económica y medir sus efectos fiscales así como sus alternativas. Por ello son fundamentales de verificar los contratos agrarios más convenientes, las condiciones de venta de los bienes de uso, las posibilidades de retribuciones de los directivos de una sociedad o la propia reorganización societaria futura por cuestiones familiares.
Ahora bien, no sólo debemos protestar sino también aportar propuestas de cambio para una mejora de nuestro país. Creemos que es esencial una estructura tributaria sana- que contemple los principios constitucionales básicos- , con tasas adecuadas e incentivos fiscales que impulsen el desarrollo de nuevas empresas. Así se resolverán problemas de empleo y bienestar de la población en general.
AUTOR. Contador Santiago Saenz Valiente y Dr. Hugo Rossi
La presión fiscal general en la Argentina y al campo en particular es un hecho innegable y que salta a la vista. La mochila que hoy carga el productor es la más pesada de todo Latinoamérica y, en general, del mundo entero salvo contadas excepciones europeas cuyos servicios a la población son algo diferentes a los nuestros.
En este marco, es indispensable que exijamos el respeto por los principios tributarios esencialmente constitucionales a la hora de esperar aportes sanos a las arcas fiscales.
El productor del campo se ha convertido en los últimos años en un verdadero empresario que aplica criterios agronómicos y de gestión comparables con otras latitudes del primer mundo. Su esfuerzo es encomiable, pero su renta es finalmente capturada por la Nación, las Provincias y los Municipios para su ingreso en las arcas fiscales. Por ello es necesario capacitarse en temas impositivos a los fines de planificar y tomar decisiones acertadas a la hora de iniciar o proyectar cualquier acción económica.
Veamos algunas de las principales distorsiones en nuestro sistema tributario:
Los impuestos a la producción
Mal llamadas “retenciones”- mellan la renta del productor, pero además como su recaudación le pertenece al Estado Nacional, las provincias que son las que generaron la riqueza, se perjudican. Su efecto pernicioso se incrementa, pues los principales impuestos coparticipables como IVA y Ganancias reducen sus bases.
Impuesto a las Ganancias
Lo debe preparar y liquidar el propio contribuyente, acumula francas distorsiones al exigir impuestos sobre rentas ficticias e ilusorias, pues se ignora impositivamente la existencia de inflación desde hace más de 20 años.
Hay casos frecuentes, donde la venta de tierras rurales arrojando pérdida en dólares, implicó pagos de impuestos siderales en pesos por impedirse actualizar su costo.
La valorización de los stocks de hacienda y granos a su cotización de cierre de cada ejercicio obliga al productor a registrar lo que se denomina “ganancia por tenencia” y pagar impuestos por ese resultado en expectativa que no proviene de transacción económica alguna.
Mantener los saldos a favor del contribuyente, que surgen como consecuencia de retenciones a cuenta sufridas, y anticipos sin permitir una corrección por inflación, implican un daño implícito ante la pérdida de su valor real. Igual situación se presenta para las pérdidas de períodos anteriores, cuya compensación a ganancias futuras se realiza a su valor nominal. Debemos recordar que la actividad agropecuaria es esencialmente cíclica, alejada de resultados extraordinarios como se la pretende mostrar.
El impuesto al valor agregado
Es concebido en la propia ley como neutro a los agentes económicos, hace estragos al productor agropecuario. Entre los motivos están la disparidad de alícuotas para las ventas al 10,5% respecto de gran cantidad de insumos y servicios que permanecen a la tasa general del 21%. Este descalce en los hechos provoca saldos favorables al contribuyente cuya única posibilidad de aplicarlos es a futuras deudas de este impuesto.
A esto se agrega la vigencia del Registro Fiscal de Operadores de Granos, exigencia inconstitucional y perniciosa desde toda óptica. Las retenciones de IVA aplicada aún para quienes están habilitados no se devuelven en el plazo de 60 días fiado por la AFIP.
Las provincias al recibir menos coparticipación de los tributos nacionales y cada vez más servicios que prestar, se defienden atacando al contribuyente, en el caso que nos toca: “el productor”.
Impuesto sobre los Ingresos Brutos
Es claramente distorsivo pues no contempla el resultado de la operatoria económica, que había exigido a la actividad agropecuaria en la década del ‘90, revivió en el año 2003 y a partir de 2012 se fueron incrementando las tasas hasta llegar a duplicarlas. Los granos pasaron del 1% al 2% cuando fueron producidos en campos arrendados.
Cuando la actividad agropecuaria se desarrolla en más de una jurisdicción, ya sea la producción, comercialización o administración, nace la obligación de registrase ante el conocido y complejo Convenio Multilateral, que suma incertidumbres al ámbito tributario.
El inmobiliario rural
Se incrementó exponencialmente en la mayoría de las jurisdicciones, repercutiendo incluso en los impuestos nacionales. Además ARBA dispuso el invento del Multipropietario que dispara el monto del tributo a quienes tienen más de una parcela en la provincia.
A esto se agregan más gastos para el productor por la burocracia que consume tiempo y recursos de una empresa, en criollo, son costos fiscales encubiertos. Hay que cambiar esta realidad de inmediato. Por otra parte, claro está, la necesidad de planificar la acción económica y medir sus efectos fiscales así como sus alternativas. Por ello son fundamentales de verificar los contratos agrarios más convenientes, las condiciones de venta de los bienes de uso, las posibilidades de retribuciones de los directivos de una sociedad o la propia reorganización societaria futura por cuestiones familiares.
Ahora bien, no sólo debemos protestar sino también aportar propuestas de cambio para una mejora de nuestro país. Creemos que es esencial una estructura tributaria sana- que contemple los principios constitucionales básicos- , con tasas adecuadas e incentivos fiscales que impulsen el desarrollo de nuevas empresas. Así se resolverán problemas de empleo y bienestar de la población en general.